Canal de denuncias, empieza a rodar. ¿Estas preparado?

1 de septiembre, entrada en funcionamiento de la Autoridad Independiente de Protección del Informante

La Ley 2/2023 de protección del informante ha marcado un antes y un después en el panorama corporativo español. Con la publicación de la Orden PJC/908/2025, se ha dado inicio al funcionamiento de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI), que comenzara su funcionamiento oficioso el 1 de septiembre de 2025. Esta medida, enmarcada en la lucha activa contra la corrupción, impone nuevas y cruciales obligaciones para las empresas.

¿A quién afecta la nueva normativa?

La obligatoriedad de implementar un Sistema Interno de Información, conocido popularmente como canal de denuncias, afecta a un amplio espectro de entidades. Esto incluye a las empresas que operan bajo la normativa de prevención de blanqueo de capitales, aquellas en sectores regulados como los servicios financieros, y, de forma general, a todas las empresas que cuenten con 50 o más empleados.

Cumplimiento y plazos: más allá del canal de denuncias

La Ley 2/2023 no solo exige la existencia de un canal de denuncias, sino que también requiere la designación de un responsable para su gestión. Las empresas obligadas deben comunicar y designar a este responsable ante la AAI antes del 1 de noviembre de 2025. Para aquellas entidades que ya habían designado a un responsable desde marzo de 2023, la ley otorga un plazo extraordinario que finaliza en la misma fecha. Después del 1 de noviembre de 2025, cualquier cambio o cese en el puesto de responsable deberá ser notificado a la AAI en un plazo de diez días hábiles. El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones significativas.

“Fotografía de un mazo judicial sobre fondo azul con texto en español anunciando la creación de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, simbolizando justicia y protección legal. Relacionada con el Canal de Denuncias también conocido como canal del informante”

Puntos clave.

  • 1 de septiembre de 2025, la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI) comenzará sus actividades.
  • Entrada en vigor de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI) en España y sus implicaciones para las empresas. A partir del 1 de septiembre de 2025, la AAI comenzará sus actividades, lo que requiere que las empresas con 50 o más empleados, o aquellas sujetas a la normativa de prevención de blanqueo de capitales, tengan implementado un Sistema Interno de Información (canal de denuncias) y hayan designado y comunicado a un responsable antes del 1 de noviembre de 2025.
  • 1 de noviembre de 2025, fecha topo para designar un responsable ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI)
  • Las empresas que no cumplan con esta normativa se enfrentan a sanciones de hasta 1.000.000 de euros, además de otras penas. El artículo recomienda a las empresas revisar la designación del responsable, preparar la información para la comunicación, asegurar que el canal de denuncias cumpla con los requisitos legales y técnicos, y garantizar la protección de la identidad del informante. La puesta en marcha de la AAI busca una verdadera cultura de cumplimiento en las empresas.

¿CÓMO COMUNICAR EL RESPONSABLE DEL SISTEMA?

A fecha de agosto de 2025, todavía no existe un procedimiento oficial habilitado por la A.A.I. para realizar esta comunicación. Aunque la Ley exige la notificación, ni el Estatuto de la A.A.I publicado en el El Real Decreto 1101/2024, ni la Orden PJC/908/2025 han definido el canal telemático o el formulario específico para ello. Sin embargo, en el PJC/908/2025 si se da como fecha tope para dicha comunicación el 1 de noviembre de 2025, por lo que desde Red 22 creemos que o se ampliará el plazo a última hora, o habrá que correr una vez se publique el método de registro del responsable.

¿QUÉ PUEDEN HACER LAS EMPRESAS MIENTRAS TANTO?

•       Preparar el acta de nombramiento del responsable del Sistema, firmado por el órgano de administración.

•       Documentar el proceso interno de implantación del canal de denuncias. (Ya realizado para los clientes de Red 22, que han contratado el servicio en nuestro sistema Canal del Informante)

•       Comunicar en autoridades autonómicas: En comunidades que dispongan de oficinas antifraude se puede comunicar el nombramiento.

Las comunidades que cuentan con una oficina o agencia de este tipo son:

  • Andalucía: Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción.
  • Baleares: Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de las Islas Baleares.
  • Cataluña: Oficina Antifraude de Cataluña.
  • Navarra: Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de Navarra.
  • Comunidad Valenciana: Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana.

(Los clientes que ya comunicaron su nombramiento en alguna de estas oficinas no debe de volver a hacerlo a no ser que el responsable haya cambiado desde su comunicación)

•       Estar atentos a nuevas publicaciones en el BOE que habiliten el canal oficial de la A.A.I. (Para los clientes de Red 22 del servicio Canal Informante le seguiremos informando en cuanto tengamos constancia de la publicación de un método de comunicación del responsable)

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